ACUERDO número A/002/10 mediante el cual se establecen los lineamientos que deberán observar todos los servidores públicos para la debida preservación y procesamiento del lugar de los hechos o del hallazgo y de los indicios, huellas o vestigios del hecho delictuoso, así como de los instrumentos, objetos o productos del delito.
ACUERDO
Capítulo I
Disposiciones Preliminares
PRIMERO. El presente Acuerdo tiene por objeto establecer los lineamientos que:
1.- Deberán seguir la policía y otros servidores públicos en ejercicio de sus atribuciones para la preservación del lugar de los hechos y/o del hallazgo.
2.- Deberán observar los agentes del Ministerio Publico de la Federación , Oficiales Ministeriales, Unidades de Policía Facultadas, Peritos y demás servidores públicos que entren en contacto con ellos para el debido procesamiento de los indicios, huellas o vestigios del hecho delictuoso, así como de los instrumentos, objetos o productos del delito.
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